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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301283
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1238
CONDENA CONDICIONAL (BUENA CONDUCTA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1238
Si bien es verdad que la buena conducta no se identifica con la carencia de antecedentes penales también lo es que sólo acciones moral o socialmente punibles constituyen la mala conducta, de tal suerte que mientras no se pruebe por el Ministerio Público la existencia de esas acciones, aquélla debe presumirse.
Precedentes
Amparo penal directo 908/48. Reyes Fajardo Guillermo. 24 de febrero de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.