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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301288
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1244
RIÑA, PARTICIPACION EN LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1244
Si no existía peligro alguno inminente que justificara la intervención del acusado, quien lesionó al ofendido, al participar en forma espontánea en una riña a la que era ajeno, al considerarlo así la autoridad de la sentencia y asignar a dicho acusado, la pena correspondiente al delito realizado con las características señaladas, no ha incurrido en violación alguna de la ley que haga procedente el amparo.
Precedentes
Amparo penal directo 293/48. Cruz Flores Santiago. 24 de febrero de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.