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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301290
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1248
ENCUBRIMIENTO, DELITO DE (LEGISLACION DE OAXACA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1248
Si el inculpado integraba un grupo de individuos del que dos de sus componentes, balacearon a la víctima, dándole muerte, es evidente que estuvo en posibilidad de procurar, por medio de su intervención, la no consumación del delito, del que seguramente tenía conocimiento, por formar parte del grupo de donde se desprendieron los autores materiales del mismo, incurriendo por omiso, en el delito previsto por el artículo 387, fracción I, del Código Penal del Estado, que establece que incurre en encubrimiento quien no procura, por los medios lícitos a su alcance, impedir la consumación de los delitos que sabe se van a cometer o que se están cometiendo, si son de los que se persiguen de oficio, de donde resulta que el auto de formal prisión dictado en su contra, por tal delito, satisface los extremos del artículo 19 constitucional para su procedencia.
Precedentes
Amparo penal en revisión 7215/48. Gómez Velasco Raúl. 24 de febrero de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.