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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301352
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1780
SOBRESEIMIENTO IMPROCEDENTE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1780
No es de sobreseerse en la revisión, por el hecho de que el auto de formal prisión reclamado, haya sido declarado insubsistente por la autoridad responsable, si ello fue en cumplimiento de la sentencia pronunciada por el Juez de Distrito, misma que ha sido recurrida en esa revisión, pues como el efecto del sobreseimiento sería la nulificación del juicio de amparo, tal nulificación comprendería igualmente la sentencia recurrida, que amparó al quejoso, y si esto es así, la autoridad responsable, en tal supuesto, quedaría en condiciones de estimar nuevamente subsistente y con valor legal el auto reclamado.
Precedentes
Amparo penal en revisión 5413/48. Flores V. Juan J. 10 de marzo de 1949. Mayoría de tres votos. Disidente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.