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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301355
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1820
PRUEBAS EN EL AMPARO, FALTA DE RECEPCION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1820
Si el quejoso, ofreció oportunamente, al Juez del amparo, la prueba con la que pretendió demostrar la inconstitucionalidad del acto reclamado, sin que el Juez del Distrito haya resuelto legalmente esa petición, con ello evidentemente incurrió en omisión que dejó sin defensa al quejoso, lo que motiva que se ordene reponer el procedimiento.
Precedentes
Amparo penal en revisión 2859/47. Sansón Román. 11 de marzo de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.