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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301356
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1826
AUTO DE FORMAL PRISION, CONSTITUCIONALIDAD DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1826
El auto reclamado de prisión preventiva, no es inconstitucional por sí mismo, si proviene de autoridad competente para dictarlo; por cuyo motivo la inconstitucionalidad de tal auto de formal prisión, incumbe demostrarla al peticionario del amparo, según el artículo 149 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo penal en revisión 6397/47. Márquez Hernández Mosso Manuel. 11 de marzo de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.