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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301362
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1954
AUDIENCIA EN EL AMPARO, REVISION IMPROCEDENTE CONTRA EL AUTO QUE NIEGA EL DIFERIMIENTO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1954
Contra el auto por el cual el Juez de Distrito se niega a diferir la audiencia constitucional, procede el recurso de queja, a que se refiere la fracción VI del artículo 95 de la Ley de Amparo, y no el de revisión, por lo que si es éste último el que se hace valer, el mismo debe declararse sin materia.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del Auto que negó el diferimiento de la audiencia 9451/48. Rosales Melesio y coag. 15 de marzo de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.