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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301365
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1990
PREMEDITACION, CALIFICATIVA DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1990
Para estimarse concurrente la calificativa de premeditación, será necesario que se demuestre, aun cuando en forma presuntiva, que el reo reflexionó previamente sobre la comisión del hecho de sangre que ha motivado su procesamiento, y si no están probados en forma alguna los elementos que integran la calificativa, apuntada, o sea, la anterioridad, computable en razón del tiempo, y la reflexión que se constituye objetivamente por la preparación del delito, la consideración en contrario por la responsable, que es tan sólo producto de una simple conjetura, resulta violatoria de garantías.
Precedentes
Amparo penal directo 6295/46. Juárez Solís Rosalío. 17 de marzo de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.