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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301366
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1994
DESPOJO, DELITO DE (FRACCION II DEL ARTICULO 395 DEL CODIGO PENAL).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1994
Si pese a la firma de la escritura de dación en pago, que se firmó entre el síndico y los trabajadores, los procedimientos de quiebra, la calidad del síndico y la posesión material de los bienes, eran capítulos subjudice y, por consiguiente, la posesión la tenia dicho síndico, de tal manera que podía ordenar la vigilancia de la fábrica, tal y como se desprende lo hizo, según las declaraciones de los acusados, entonces la ocupación de hecho que se ha atribuido a éstos, no quedó comprobada como elemento constitutivo del cuerpo del delito, previsto en la fracción II del artículo 395 del Código Penal.
Precedentes
Amparo civil en revisión 6187/48. Galicia Carrasco Luis y coagraviados. 17 de marzo de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.