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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301383
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 2153
ACTOS RECLAMADOS, EXISTENCIA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 2153
Si la autoridad responsable negó los actos contra los cuales interpuso el quejoso el juicio de garantías, pero tuvo el Juez de Distrito elementos suficientes de prueba para tener como ciertos los propios actos, debe dicho Juez entrar al fondo de la materia, en vez de sobreseer.
Precedentes
Amparo penal en revisión 4565/48. Canalizo López Valentín M. 25 de marzo de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.