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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301399
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 2330
FRAUDE A LOS BRACEROS, COMPETENCIA TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 2330
La contratación de braceros que deben ser enviados a los Estados Unidos del Norte a trabajar, no está considerada en ninguna ley como atribución o facultad reservada a la Federación, y aun en el supuesto de que así fuere, el hecho de obtener ilícitamente dinero de personas interesadas en ser contratadas como braceros, no puede constituir delito de ataque, dificulte o imposibilite el ejercicio o facultad reservada a la Federación, sino el delito de fraude genérico del que corresponde conocer a los tribunales del orden común, de conformidad con las leyes penales que sean aplicables al caso, sin que sea de aplicarse el artículo 41, inciso j), de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Precedentes
Competencia 109/48 suscitada entre los Jueces de Distrito del Estado de San Luis Potosí y Primero del Ramo Penal de la capital del mismo Estado. Cuevas Juan B. 29 de marzo de 1949. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Segunda Parte, Primera Sala, Volumen XIX, página 68, tesis de rubro " BRACEROS FRAUDE Y DELITO CONTRA LA LEY DE POBLACION.".