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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301407
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 2389
ORDEN DE APREHENSION, CONSTITUCIONALIDAD DE LA. CUANDO LOS INFORMES JUSTIFICADOS SON OMISOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 2389
Si el informe justificado de la autoridad responsable era omiso, porque no remitió en copia certificada las constancias en que se apoyó para dictar la aprehensión reclamada, no habiendo el quejoso justificado, por su parte, que tal orden era inconstitucional por falta de prueba, se debe negar la protección solicitada, en virtud de que los actos que se reclaman, no son de los que la ley reputa inconstitucionales por sí solos.
Precedentes
Amparo penal en revisión 7793/48. Cruz García Bartolo. 31 de marzo de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.