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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301411
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 114
AGRAVIOS EN LA REVISION DEL INCIDENTE DE SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 114
Los agravios alegados en el incidente son infundados, si no se refieren a los motivos en que se fundo el Juez para negar la suspensión definitiva, sino que la quejosa se limita a hacer disertaciones que no tienen relación directa con los fundamentos de dicha negativa, y que además, se refieren a cuestiones de fondo que no son materia de la suspensión.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 5947/48. Velázquez Virginia. 4 de octubre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.