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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301417
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 174
AMPARO INTERPUESTO SIN MOTIVO, MULTA INDEBIDA EN CASO DE (NEGACION DEL ACTO RECLAMADO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 174
Estableciendo el artículo 81 de la Ley de Amparo, que para los efectos de la imposición de la multa que el mismo artículo determina, "se entenderá que la demanda fue interpuesta sin motivo cuando, según prudente apreciación del sentenciador, aparezca que sólo se interpuso el amparo con el fin de demorar o entorpecer, de mala fe, la ejecución del acto reclamado", tal presupuesto no opera, si aparece justificado en autos, que las autoridades señaladas como responsables negaron la existencia del acto que se les atribuía, y que tal negativa originó la causa del sobreseimiento, pues no puede estimarse que en tal caso, con la demanda de amparo se haya demorado o entorpecido, de mala fe, la ejecución del acto reclamado, supuesto que éste resultó inexistente y mal puede demorarse o entorpecer lo que no tiene vida material ni jurídica.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1849/48. Tlecuitl Eligio. 6 de octubre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo XCV, página 2137. Amparo penal en revisión 8627/47. Lemus Nicandro. 31 de marzo de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véanse:
Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XCVI, página 744, tesis de rubro "AMPARO INTERPUESTO SIN MOTIVO, MULTA EN CASO DE.".
Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Octava Parte, Común, página 89, tesis 52, de rubro "AMPARO INTERPUESTO SIN MOTIVO, MULTA EN CASO DE.".
Nota: En el Tomo XCV, página 2137, esta tesis apareció bajo el rubro "AMPARO SIN MOTIVO, CUANDO NO PROCEDE LA MULTA POR INTERPONER EL.".