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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301424
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 247
COACUSADO, VALOR DE SU DICHO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 247
Si el coacusado, en su declaración preparatoria, se arrogó toda la responsabilidad en el homicidio, al ratificar la confesión, acerca de cómo ocurrieron los hechos y sobre los móviles que tuvo para proceder como lo hizo, que había producido en su declaración rendida ante el Departamento de Investigaciones de la Procuraduría, el cargo que en tal declaración había hecho al quejoso, en cuanto a que él había perpetrado ese delito, cayo por su base.
Precedentes
Amparo penal directo 3341/48. Téllez Godínez Ernesto. 7 de octubre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.