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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301425
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 247
COACUSADOS, RESPONSABILIDAD DE LOS (HOMICIDIO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 247
Si la Suprema Corte le negó la protección federal al coacusado del quejoso, considerándolo como autor material del delito de homicidio, no puede admitirse, porque ello iría contra el sentido común y contra la lógica más elemental, que también el quejoso hubiera sido el autor material del mismo.
Precedentes
Amparo penal directo 3341/48. Téllez Godínez Ernesto. 7 de octubre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.