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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301449
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 428
OFENDIDO, RESTITUCION AL, TRATANDOSE DE DESPOJO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 428
Si se prueba que con anterioridad a los hechos que dieron lugar a que se abriera proceso por el delito de despojo contra varios presuntos responsables, se dio posesión a la ofendida, del inmueble de que se trata, posesión que perdió uno de los acusados, éste, en el amparo posterior que interpuso, estaba obligado a demostrar, mediante la prueba legalmente eficaz, que al practicarse la diligencia de restitución reclamada, ordenada por el Juez del proceso penal, se encontraba en el disfrute actual de la posesión, por haberlo readquirido con posterioridad a la fecha en que fue desposeído, y si no rindió prueba alguna en tal sentido, y tal posesión, lejos de quedar acreditada, aparece contrariada por constancias de autos, en tales condiciones, el mandamiento de restitución que se llevó a cabo en dicho inmueble, que ocupaban otros acusados en la aludida investigación, en nada perjudica al reclamante en este amparo, desde el momento que ya no era poseedor.
Precedentes
Amparo penal en revisión 5457/48. Barragán Mendoza Jesús. 15 de octubre de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.