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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301450
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 430
AUTO DE FORMAL PRISION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 430
La excepción alibi mediante la cual pretenden los acusados exonerarse de toda responsabilidad criminal, no puede ser estimada a través de la formal prisión que se reclama en amparo, en virtud de que, según ha venido sosteniendo la Primera Sala de la Suprema Corte, para que una excluyente de responsabilidad pueda tenerse en cuenta, al decidirse sobre el formal encarcelamiento de un acusado, necesita encontrarse evidenciada sin el menor asomo de duda, esto es, con claridad meridiana y perfecta nitidez.
Precedentes
Amparo penal en revisión 3234/47. Escobar Francisco y coags. 15 de octubre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.