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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301458
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 468
RETRACTACION DEL REO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 468
La retractación que efectuó el quejoso, de la confesión que produjo ante el Ministerio Público, no produce ningunos efectos jurídicos, si no está acompañada de pruebas o de circunstancias de hecho, justificadas en autos, que la hagan verosímil y antes, por el contrario, hay elementos suficientes que justifican que el reo procedió con veracidad al rendir su primera declaración ante el Ministerio Público.
Precedentes
Amparo penal directo 1483/47. Santana Soto Juan. 18 de octubre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.