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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301471
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 740
FRAUDE, DELITO DE (CURANDEROS).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 740
Si a sabiendas de que no podía curar a la ofendida, por no tener conocimientos de la ciencia de la medicina, la acusada le manifestó que podía hacerlo, lo que fue el motivo determinante para obtener una suma de dinero, tal maniobra engañosa para obtener una cantidad de dinero ilícitamente, constituye la figura delictiva del fraude.
Precedentes
Amparo penal directo 3126/48. Ramírez Araujo Felícitas. 25 de octubre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.