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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301476
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 748
INDEFENSION (VIA PROCESAL INDEBIDA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 748
Aunque el juicio de que se trata, se tramitó en la vía ordinaria, debiendo haberse tramitado en vía sumaria, si los demandados, quejosos en el amparo, contestaron la demanda en la vía propuesta, ello quiere decir que la aceptaron y que durante el procedimiento fueron oídos conforme a las reglas del juicio ordinario, sin que hayan quedado en indefensión.
Precedentes
Amparo penal directo 2980/47. Luna Rafael. 25 de octubre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.