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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301478
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 751
AMPARO, IMPROCEDENCIA DEL (AUTORIDADES EJECUTORAS).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 751
El amparo es improcedente cuando se endereza contra actos que no son sino una consecuencia de otros que la ley reputa como consentidos, improcedencia que, lógica y jurídicamente, debe alcanzar no sólo a la autoridad responsable ordenadora, sino también a las demás que fueron señaladas como ejecutoras.
Precedentes
Amparo penal en revisión 335/48. Gutiérrez Rafael. 25 de octubre de 1948. Cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.