Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/301483
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301483
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 788
CURANDEROS, EJERCICIO INDEBIDO DE PROFESION Y FRAUDE DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 788
El fraude está tipificado al explotar el acusado la ignorancia de las gentes, pretendiendo hacer curaciones, porque ello es aprovecharse del error en que se encuentran las víctimas, además de que prestar atención médica sin tener los conocimientos técnicos necesarios, implica dedicarse a una actividad ilícita, prohibida por la ley y que lesiona los derechos de la sociedad; en consecuencia, tal actividad es violatoria del artículo 4o. constitucional.
Precedentes
Amparo penal directo 4283/47. Ramírez Araujo Felícitas. 27 de octubre de 1948. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.