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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301494
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 803
DAÑO EN PROPIEDAD AJENA, DELITO DE (LEGISLACION DE OAXACA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 803
El artículo 386 del Código Penal del Estado, tipifica el delito de daño en propiedad ajena, como daño en las cosas, independientemente de que la cosa sea propia o ajena, siempre que el daño sea en perjuicio de tercero, por lo que no es necesario que el denunciante pruebe la propiedad de los mismos.
Precedentes
Amparo penal en revisión 5741/47. Castellanos Amalia. 27 de octubre de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.