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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301510
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 902
PERITOS, DICTAMENES DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 902
Si en un dictamen pericial aparece la firma de una sola persona, a pesar de que en su redacción se habla de "peritos" y no de un perito, ello, en último extremo, constituiría sólo una omisión que pudo subsanarse llamando a firmar el dictamen al perito que no lo hizo, pero en modo alguno quiere decir lo anterior, que el dictamen carezca de fuerza probatoria.
Precedentes
Amparo penal directo 6336/46. Contreras Ruelas Antonio. 29 de octubre de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.