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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301541
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1137
VIOLACION, DELITO DE (LEGISLACION DE JALISCO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1137
Si bien es cierto que el Código de Procedimientos Penales aplicable, requiere, en forma preferente, una prueba pericial para tener por comprobado el delito de violación, también lo es que la propia ley no excluye otros medios probatorios.
Precedentes
Amparo penal directo 6457/48. García González Cirilo. 11 de noviembre de 1948. Unanimidad de cinco votos.La publicación no menciona el nombre del ponente.