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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301567
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1168
PROCURADURIA, ARCHIVO DE EXPEDIENTES POR LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1168
La determinación de la procuraduría de archivar el expediente de una averiguación, en sí misma considerada, no puede entrañar una función exclusivamente judicial, por ser obvio que toda autoridad está capacitada para archivar dentro de la oportunidad legal, los expedientes que se forman con los asuntos que son de su resorte.
Precedentes
Amparo penal en revisión 8499/46. Jiménez Norberto. 11 de noviembre de 1948. Mayoría de tres votos. Disidentes: Carlos L. Angeles y José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.