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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301594
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1293
DELITOS OFICIALES, APROVECHAMIENTO DEL PODER EN INTERES PROPIO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1293
Si no está comprobado que el indiciado haya tenido empleo, cargo o comisión para inspeccionar las violaciones cometidas con motivo de los actos realizados por ciertos individuos, de quienes exigió cierta cantidad, no estuvo en condiciones de aprovechar su poder como autoridad, para satisfacer individualmente algún interés propio o de cualquiera otra persona, por la elemental razón de que no tiene ni comisión, ni cargo, ni empleo que le hubieren dado la oportunidad de cometer el delito previo, en la fracción XXV del artículo 18 de la Ley de Responsabilidades de Funcionarios y Empleados Públicos, por el que se le decretó la formal prisión y si esto es así, el error en la clasificación del delito que se imputa al acusado, debe estimarse que viola sus garantías constitucionales.
Precedentes
Amparo penal en revisión 4156/47. Ceballos Inzunza Julián. 17 de noviembre de 1948. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no mencione el nombre del ponente.