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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301639
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1651
LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1651
Si el acusado obró en defensa de su persona, repeliendo una agresión actual, violenta, sin derecho y de la que resultaba un peligro inminente para su vida, sin que haya mediado el hecho de que él provocara esa agresión ni haya dado causa inmediata y suficiente para ella, porque su enemigo lo atrajo con engaños a un lugar propicio para no ser vistos e intempestivamente lo atacó y lo derribó, sin que haya podido fácilmente evitar esa agresión; debe aceptarse que obró en legítima defensa, al causarle las lesiones que lo privaron de la vida.
Precedentes
Amparo penal directo 5141/48. García González Camilo. 26 de noviembre de 1948. Mayoría de tres votos. Ausente: Carlos L. Angeles. Disidente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.