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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301649
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1769
ABUSO DE CONFIANZA, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1769
Si el quejoso no denunció el robo de que dice haber sido víctima, ni trató de hacer investigaciones para saber quién lo había robado, y está probado que recibió del ofendido cierta cantidad que le dio a guardar, al no devolverla, puede presumirse que dispuso de ella en provecho propio o ajeno, puesto que una persona que tiene a su cargo dinero ajeno, no ve impasiblemente que desaparezcan los fondos respectivos, contrayendo con ello una responsabilidad, sin alarmarse y sin poner desde luego los medios de evitarlo dando parte a la autoridad, a menos que la disposición de esos fondos sea debido a hechos propios.
Precedentes
Amparo penal directo 7502/47. González Flores Juan. 1o. de diciembre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.cuatro votos.