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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301673
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1820
CONCEPTOS DE VIOLACION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1820
Una objeción no puede prosperar, si se refiere a la formal prisión del reclamante, que resulta ajena a la controversia en la cual se impugnó, como único acto reclamado, la sentencia definitiva pronunciada en contra suya.
Precedentes
Amparo penal directo 3535/47. Porras Juan. 2 de diciembre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.