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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301692
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1983
EMBRIAGUEZ, DELITO DE MANEJAR EN ESTADO DE (LEGISLACION DE JALISCO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 1983
El delito intencional de manejar en estado de ebriedad, está previsto y sancionado por el artículo 101 de La Ley del Servicio de Tránsito del Estado, sin que amerite ocuparse del agravio relativo a que la ley no define lo que debe entenderse por embriaguez, ya que el significado de ésta palabra es del dominio público y la ley no puede definir todos los términos que emplea, lo que resultaría un absurdo.
Precedentes
Amparo penal directo 5075/47. Hernández Aldrete Enrique. 9 de diciembre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.