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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301714
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 53
CAREOS (RETRACTACION DEL REO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 53
Si la prueba principal, tomada en consideración por la responsable consiste en las confesiones de los acusados, rendidas ante la policía y el Ministerio Público, que practicaron las primeras diligencias, confesiones que fueron contradichas por los acusados al rendir sus preparatorias, asegurando que les fueron arrancadas por medio de amenazas, y en el proceso declaró el agente de la policía a quien señalaron como causante de esas amenazas, el que negó haberlas ejecutado, y otros testigos de cargo, sin que se hayan realizado los careos correspondientes, proceda conceder a dichos acusados el amparo que solicitan, únicamente para el efecto de que sea repuesto el procedimiento, practicándose esos careos, hecho lo cual, se dicte un nuevo fallo en el que sean tomados en consideración los resultados de dichos careos.
Precedentes
Amparo penal directo 3301/47. Limón Agustín y coagraviado. 2 de julio de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.