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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301717
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 59
DESPOJO, DELITO DE (LEGISLACION DE TABASCO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 59
No siendo impugnado en la demanda de amparo el auto de formal prisión dictado por el delito de despojo, y no constando que haya sido revocado, resulta que se llenaron los requisitos exigidos por el artículo 87 del Código Penal aplicable, para decretar el lanzamiento del despojante, señalado como acto reclamado.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1704/47. Méndez M. Venancia. 2 de julio de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.