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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301727
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 167
CONDENA CONDICIONAL (BUENA CONDUCTA Y MODO HONESTO DE VIVIR).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 167
Por mala conducta se entienden las acciones moral y socialmente punibles, y mientras no se acredite la existencia de esas acciones, debe aceptarse que la persona a quien se juzga, ha observado buena conducta; y por lo que ve al modo honesto de vivir, no existiendo prueba contraria a la afirmación de la interesada sobre que se dedica a las labores del hogar, también cabe aceptar que tiene modo honesto de vivir.
Precedentes
Amparo penal directo 2672/48. Torres Josefina. 8 de julio de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.