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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301746
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 384
SENTENCIAS PENALES, SON ILEGALES, SI SE FUNDAN EN UN AUTO DE FORMAL PRISION ILEGAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 384
Si esta Suprema Corte concedió el amparo y protección federales al reo, contra el auto de formal prisión que le fue dictado, procede concederle el amparo solicitado contra la sentencia definitiva, porque siendo el auto de formal prisión la base del procedimiento y habiéndose declarado inconstitucional, la sentencia que se fundamenta en ese auto, es igualmente violatoria de garantías.
Precedentes
Amparo penal directo 7920/47. Cilia Victorio M. 14 de julio de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente .