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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301765
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 460
SEGURO CONTRA INCENDIO DEL LOCAL ARRENDADO, EN EL QUE SE EMPLEEN SUSTANCIAS INFLAMABLES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 460
De conformidad con el artículo 2240 del Código Civil, el arrendatario, aun sin cláusula expresa, tiene obligación de asegurar el local arrendado contra el riesgo probable que origine el empleo de sustancias inflamables; y si en el caso esta obligación se estipuló en el contrato, habiéndose probado en autos que el inquilino no cumplió con ella, dio lugar a la rescisión del mismo contrato, por lo que la sentencia que así lo haya resuelto, debe estimarse arreglada a la ley.
Precedentes
Amparo civil directo 9455/46. Juárez Herrera José. 15 de julio de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.