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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301787
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 717
PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 717
Si, como hace constar la Sala responsable, la pena impuesta al reo por el delito de homicidio simple es en extremo benigna y sólo la impone obligada por la acusación del Ministerio Público, pues el homicidio fue notoriamente calificado, y dichas razones intervinieron para formar, juntamente con las circunstancias favorables al reo, la conciencia de la Sala, ésta procedió correctamente aplicando las normas individualizadoras de la pena.
Precedentes
Amparo penal directo 3468/47. Aldúcin Huerta Esteban. 22 de julio de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.