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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301790
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 721
ORDEN DE APREHENSION (TESTIGOS EN EL PROCESO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 721
No puede decirse con verdad que un testigo deje de merecer crédito para los efectos de la orden de aprehensión, por la circunstancia de estar al servicio del presunto ofendido, si tal dependencia lo colocaba en condiciones de declarar, a ciencia cierta, sobre los hechos en que intervino.
Precedentes
Amparo penal en revisión 9522/46. González Crescencio. 22 de julio de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.