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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301798
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 745
CONDENA CONDICIONAL (INDIVIDUALIZACION DE LA PENA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 745
El Juez responsable aplicó inexactamente al reo, los artículos del Código Penal que rigen el arbitrio judicial, si tomó como factor definido de peligrosidad una sentencia por hecho dudoso que, aunque condenatoria, no tenía el carácter de ejecutoriada, pues se encontraba todavía en apelación al pronunciar dicho Juez el fallo reclamado, y por consecuencia, no eran una verdad legal los malos antecedentes del reo; y si al mismo tiempo, esta errónea apreciación, lo indujo a imponer sin carácter condicional la pena corporal, por estos capítulos vulnera en perjuicio de dicho reo, los preceptos del Código Penal que establecen el beneficio de la condena condicional.
Precedentes
Amparo penal directo 8675/46. González Sandoval Rodolfo. 23 de julio de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.