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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301824
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 881
ACTO RECLAMADO, INEXISTENCIA DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 881
Aunque la autoridad responsable en su informe, no haga referencia a una orden reclamada, si señala con las constancias conducentes cuáles son los actos que ha llevado a cabo, y entre ellos no existe tal orden, no está demostrada la existencia de ese acto reclamado y debe sobreseerse con respecto a él.
Precedentes
Amparo penal en revisión 2227/47. Villavicencio Guadalupe. 28 de julio de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.