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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301836
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 985
ASEGURAMIENTO DEL OBJETO DEL DELITO, SUSPENSION EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 985
La suspensión es improcedente contra el aseguramiento de los bienes objeto del delito, porque si desaparecieran se dificultaría la comprobación del mismo, que es la base de todo proceso penal, puesto que la sociedad y el Estado están interesados en la averiguación de los delitos y en el castigo de los que resulten responsables de ellos. Pero en cuanto a los efectos del aseguramiento, señalados por el quejoso y que hace consistir en el remate y adjudicación de las mercancías aseguradas, sí procede la suspensión definitiva, puesto que concurren los requisitos de las fracciones I, II y III del artículo 124 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 3459/48. Coronado Ana María. 30 de julio de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.