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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301857
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 1104
ROBO EN LUGAR CERRADO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 1104
Si para entrar los delincuentes al lugar del robo, tuvieron necesidad de abrir una puerta, fracturándola o no, indiscutiblemente debe aceptarse que el lugar en donde se cometió el delito era un lugar cerrado; lo que quiere decir que correctamente la autoridad responsable estimó acreditada tal modalidad del delito de robo, agravando por consecuencia la pena aplicable.
Precedentes
Amparo penal directo 2514/48. Navarrete Guzmán J. Socorro y coagraviados. 9 agosto de 1948. Mayoría de tres votos. Disidentes: Fernando de la Fuente y Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.