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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301903
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 1460
RESPONSABILIDAD DEL REO, DUDA SOBRE EL GRADO DE LA (LEGISLACION DE CHIAPAS).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 1460
Si hay contradicción entre las declaraciones de los testigos de cargo con respecto a cuál de los dos atacantes fue el que disparó sobre el ofendido, de acuerdo con el principio general de derecho del Código Penal, debe estarse a lo más favorable al reo, y estimar, por ende, que debió aplicar el tribunal responsable la fracción I del artículo 197 del Código Penal del Estado, en lugar de la fracción II.
Precedentes
Amparo penal directo 2528/47. Islas Francisco. 20 de agosto de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.