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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301916
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 1556
RESPONSABILIDAD CIVIL, PROVENIENTE DE DELITO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 1556
Si el quejoso fue demandado por el pago de cierta cantidad, por concepto de daños y perjuicios provenientes de delito, para demostrar su inculpabilidad, presentó una información testimonial, y la autoridad responsable se limitó a decir que esa información es sospechosa de veracidad, pero no indica cuáles fueron los motivos que la llevaron a tal conclusión, y de las constancias del juicio no aparece dato alguno que venga a contradecir lo afirmado por los testigos, tiene que admitirse que en el juicio no se demostró la culpabilidad del demandado y, por lo mismo, su responsabilidad para pagar daños y perjuicios.
Precedentes
Amparo penal directo 3219/47. Márquez Herrera Carlos. 25 de agosto de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.