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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301933
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 1641
AUTO DE FORMAL PRISION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 1641
Siendo el fin que persigue el artículo 19 constitucional, el de que no se cause una indefensión al acusado a virtud de que no se determinen los hechos que se le imputen, y apareciendo que en el considerando del auto de formal prisión, se fijan los hechos que se imputan al reo, no es necesario que se repitan los mismos, en los puntos resolutivos.
Precedentes
Amparo penal en revisión 4352/47. Lucas J. Fernando Gilberto y coagraviado. 26 de agosto de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.