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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301958
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 1903
AMPARO ACUMULADO IMPROCEDENTE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 1903
Estando pendientes de resolución dos juicios acumulados, el hecho de que en los dos se reclame un acto idéntico, obliga a considerar existente, respecto del segundo de los juicios acumulados, la causa de improcedencia establecida en la fracción III del artículo 73 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo penal en revisión 6767/46. Ortiz Bolan Felipe y coagraviados. 3 de septiembre de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.