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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301975
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 2056
ROBO DE COSAS ABANDONADAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 2056
El espíritu que ha informado la legislación mexicana, no es otro que el de considerar que la persona que se encuentre un objeto abandonado, comete un delito, si no lo presenta dentro del término fijado por el Código Civil, o no lo devuelve tan pronto como se le requiera para ello, por aquel que tiene derecho sobre el bien abandonado.
Precedentes
Amparo penal directo 3625/48. Carrasco Agapito. 8 de septiembre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.