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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 301996
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 2124
CONDUCTORES DE VEHICULOS, EBRIEDAD DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 2124
Si el reo conductor de un vehículo en el momento de los hechos se encontraba en estado de ebriedad incompleto, ello es un antecedente demostrativo de su imprudencia, en los términos de la fracción II del artículo 8o. del Código Penal.
Precedentes
Amparo penal directo 3480/48. Escamilla González Samuel. 10 de septiembre de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.