Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/302019
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 302019
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 2245
DEMANDA DE AMPARO, RATIFICACION DE LA, EN MATERIA PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 2245
El artículo 16 de Ley de Amparo, en su segundo párrafo previene que, cuando el promovente de un juicio de amparo en que se reclaman actos emanados de un procedimiento del orden penal, carezca del carácter con que se ostentó, la autoridad que conoce del amparo, le impondrá una multa de diez a cien pesos y ordenará la ratificación de la demanda, por lo que si en tal caso el Juez de Distrito se concretó a sobreseer, pero sin mandar ratificar la demanda, resulta incuestionable que el sobreseimiento es infundado y como quiera que el desacato en que incurrió el inferior, de lo previsto por el artículo 16 a comento, entraña una violación a las reglas fundamentales que norman el procedimiento del juicio constitucional, ya que la omisión de la orden para que se ratificara la demanda, deja sin defensa al quejoso e influye necesariamente en la sentencia definitiva que se dicte, es forzoso proceder conforme a lo previsto por el artículo 93 de la multicitada ley reglamentaria, esto es, modificando el sobreseimiento, y mandando reponer el procedimiento, con objeto de que el inferior cumpla con lo previsto en el aludido artículo 16, sobre ratificación de la demanda y, en consecuencia con ella, proceda como corresponda.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1453/42. Zamarini Hugo.13 de septiembre de 1948.Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente